Por las razones antes señaladas, este Tribunal en funciones de Control N° 1, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA ENTREGA DEL VEHICULO: Clase: Automóvil, Modelo: Daewoo Lanos, Tipo: Vehículo, Serial de Carrocería: KLATF69YEWB237717, Placas: VBL09J, Año: 1999, Color: Gris Plata, Serial del Motor: A15SMS-179523B, el ciudadano: JOSE VICENTE LACLE GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad N° V-4.103.646, residenciado en la Urbanización Cruz Verde, Vereda 20, Casa N° 13, Sector 02, Coro Estado Falcón, Primero: Se entrega en calidad de Deposito o Guarda y Custodia. y se le sugiere al solicitante y dueño del vehículo que deberá realizar los trámites correspondientes en el Setra a los fines de tramitar el Registro Automotor al vehículo en cuestión, para lo cual deberá consignar toda la documentación legal y copia certificada de esta decisión. Segundo: No puede el depositario efectuar n.....