Así mismo el penado Heibert José Vargas Clara, podrá solicitar la conversión de la pena de Prisión que le falte por cumplir, en Confinamiento, cuando haya cumplido, las ¾ partes de la pena, es decir seis (06) Años, y será a partir del día 24 de mayo de 2014, de la pena de ocho (08) Años de presidio impuesta.
En consecuencia, este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal, extensión Punto Fijo. Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, declara ejecutada la presente Sentencia condenatoria dictada en contra del penado: HEIBERT JOSE VARGAS CLARA, de nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 18.157.396, de Veinticinco (25) años de edad, nacido en fecha 13-12-1982, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Albañil, Hijo de Haydee Clara y Moisés Vargas, natural de Barquisimeto, Estado Lara y residenciado en el Sector Universitario, Calle Apamate, Casa S/Nº, de color Azul, detrás de la Licorer.....