Este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA: Otorgar LA MEDIDA DE PROTECCION Y GARANTIA DE LA INTEGRIDAD FISICA de la Ciudadana LESBIA ROSA GRATEROL Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 5.293.521, domiciliada en la Urbanización Independencia, Primera etapa, Vereda 15, Casa No 12 frente al gimnasio, Coro Estado Falcón, y en consecuencia ordena remitir comunicación al Ciudadano Comandante al General de Policía del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, A los Fines de que realicen en la medida de sus posibilidades, Labores de rondas periódicas en el domicilio de la mencionada ciudadana, en la dirección antes descrita, para garantizar el estricto cumplimiento de lo acordado. Libérese el correspondiente oficio al Comandante General de Policía del Estado Falcón, a tenor con lo previsto en el Artículo 55 de la Constitución de la R.....