Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA REDENCIÓN DE LA PENA POR TRABAJO Y ESTUDIO, a favor del penado ELIAS MIGUEL ROMERO NAVEDA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 9.802.141, natural del estado Falcón, Nacido en fecha 13-02-1969, de 43 años de edad, de estado civil soltero, de profesión obrero, grado de instrucción: quinto año, Hijo Servando Romero y Carmen Coromoto Naveda residenciado calle Bolívar Nº 05, Las Piedras, casa 05 de color blanca con roja, Estado Falcón, consistente en TRES (3) MESES Y TRES (03) DIAS, de trabajo y estudio realizados n la Comunidad Penitenciaria de la ciudad de Coro, Estado Falcón, todas avaladas la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa de ese centro penitenciario, de conformidad a lo previsto en el artículo 3 de la Le.....