Por las consideraciones anteriores este Tribunal Quinto de Control del Circuito judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley RESUELVE: de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251 del Código Organico Procesal Penal: PRIMERO Decreta MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos JUNIOR ELOY ALAÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 16.828.323, residenciado en la población de Dabajuro, sector Nueva Aurora, calle Ali Primera Casa sin número, Estado Falcón Y JOSE LUIS MINDIOLA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 9.519.058, residenciado en la población de Dabajuro, Sector Nueva Aurora, calle Ali Primera Casa sin número, Estado Falcón; Segundo: Se decretan Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad de conformidad al 256 ordinal 3° del Código Organico Procesal Penal a la ciudadana MI.....