este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECLARA FORMALMENTE ejecutada la sentencia dictada por el Tribunal 4º de Control de esta Circunscripción Judicial Penal, de conformidad con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del penado: REINALDO JOSE NELO FANEITE, venezolano, titular de la cédula de identidad personal número V.12.488.626, de 37 años de edad, venezolano, soltero, de profesión u oficio VIGILANTE, residenciado en Fundabarrios, en la primera calle, calle C casa 416, manzana D-1, frente a la manzana C donde antiguamente quedaba las oficina INAVI, específicamente en el Comedor Popular, del Municipio Miranda del Estado Falcón, hijo de Cirilo Ramón Nelo y Carmen Faneite, quien fue condenado a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto en el artículo 277 del Código Penal; ello como consecuencia de la aplica.....