Por todo lo antes expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en los artículos y los artículos 07, 61 y 64 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Otorga permiso especial de para que el penado Arcadio Rafael Hernández, arriba bien identificado, pernocte en su casa de habitación los Días Sábado 24, Domingo 25, Sábado 31 de Diciembre de 2005 y Domingo 01 de Enero de 2006. En consecuencia, librese el respectivo oficio dirigido a la dirección del Centro de Tratamiento Comunitario "Dr. Andres Grisanti Franceschi", ubicada en la Urbanización Las Acacias, Avenida Nro. 57, Valencia, Estado Carabobo, haciéndole saber de la presente decisión. Notifíquese a las partes. C.....