este Tribunal Cuarto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se decreta CON LUGAR la solicitud fiscal y en consecuencia se decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES al ciudadano MARO JOSE REYES OBERTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.066.925, titular de la cédula de identidad N° V- 15.066.925, de conforme a los artículos 8, 9 y 229 del COPP, concatenado con el 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Líbrese BOLETA DE LIBERTAD al ciudadano MARO JOSE REYES OBERTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.066.925, titular de la cédula de identidad N° V- 15.066.925. TERCERO: Se ordena proseguir la investigación conforme al procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en el artíc.....