esta Corte de Apelaciones, ADMITE, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada ANA CALDERA, actuando en su condición de defensora Publica Segunda Penal del ciudadano FRANCISCO JAVIER GARCIA MEDINA, apelación contra decisión dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, cuyos fundamentos en extenso fueron publicados en fecha el 12 de junio de 2013, que decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, al imputado de autos, conforme a lo previsto en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal.