Por todas las consideraciones anteriormente expuesta el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL Y DE LA DEFENSA, Y LO HACE DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERO: No se admite la Acusación, por cuanto los Imputados de Autos manifiestan libre de apremio y coacción, SER CONSUMIDORES, el Tribunal se remite al Artículo 75 al 85 del Titulo IV, referente al Consumidor de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, los cuales señala al Consumidor como un Enfermo al cual debe prestársele toda la Colaboración, necesaria para su reincorporación a la vida en Sociedad, de conformidad con lo establecido en el Artículo 75, 76, 77 y 83, Ejusdem, a los Ciudadanos: ALEX CHIRINOS Y HERY RAMON PIRONA, pero el Tribunal hace la Observación a los Imputados: ALEX CHIRINOS Y HERY RAMON PIRONA, que por ser Considerados Enfermos, se les practicara una serie de Exámenes tal como lo establece la Ley en su Artículo 114, los cuale.....