En consecuencia, por todo lo antes expuesto, este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley Declara el CUMPLIMIENTO TOTAL, y por ende, la extinción de la pena de presidio, en el presente asunto penal seguido en contra del penado. YONDER JOSÉ CASTILLO RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.635.867, con domicilio en URBANIZACIÓN BOLÍVAR NORTE. CASA N°. 02 CALLE DR. VICENTELLI LA VICTORIA ESTADO ARAGUA, condenado a cumplir la pena de 07 años y 10 meses de Presidio por la comisión del delito rehomicidio CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, EN EJECUCIÓN DE ROBO, AGAVILLAMIENTO AGRAVADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE GUERRA. Así Se Decide.
Se Ordena librarle Boleta de Notificación al penado, a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público, a la Defensora Privada, María Guadalupe Sánchez. Se Ordena la remisión d.....