Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del éste Circuito Judicial Penal, con fundamento a su libre convicción, basadas en las reglas de la lógica, y máximas de experiencia, cumplidas las formalidades de ley, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION interpuesta por la Fiscalía 21° del Ministerio Público en contra del ciudadano ROBERT JOSE GUANIPA PEÑA, de nacionalidad venezolano, portador de la cédula de identidad Nº V-16.751.057, mayor de edad, de 28 años, soltero, fecha de nacimiento 29-09-1984, ocupación comerciante, residenciado Parcelamiento Sur Independencia, callejón las Palmas, casa S/N, color verde con naranja, Coro Municipio Miranda, Estado Falcón, por el delito de POSESIÓN ILICITA DE SUTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS , previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánic.....