Se ordena el traslado de éste Tribunal de Ejecución de Penas, a la sede del Internado Judicial de la Ciudad de coro, a los fines de la imposición personal del presente auto de cómputo al penado HECTOR JOSE MDINA NAVARRO, en dicho recinto carcelario, y así se decide.
A su vez se ordena remitir copia del presente auto de cómputo de pena, así como copia certificada de la Sentencia condenatoria, a la Dirección General de Prisiones, adscritos al Ministerio de Interior y Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines legales conducentes, y así se decide.
Se ordena oficiar a la División de Antecedentes Penales en la persona de su director, adscrito a ese mismo Ministerio de Interior y Justicia, a los fines de que se sirva remitir a éste Tribunal de Ejecución, los posibles antecedentes Penales que pueda tener el penado HECTOR JOSE MEDINA ACOSTA, cuyo número de Cédula aportado por éste es 6.723.550, y así se decide.
Líbrense las respectivas boletas y oficios. Cúm.....