este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, decreta: PRIMERO: OTORGA EL BENEFICIO DE REDENCIÓN JUDICIAL POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO por el lapso de DOCE (12), DÍAS de prisión al penado: JORGE LUIS MORALES ARIAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-18.199.817, natural de Coro, nacido en fecha 23-11-1882, soltero, albañil, residenciado en Calle Popular, Barrio Cruz Verde, casa Nº 108, Coro, Estado Falcón; Hijo de Aidé Arias de Morales y Luís Felipe Morales, quien fue condenado a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 405 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ALEXANDER MORALES CASTELLANOS,ello de conformidad con los artículos 479, 507 y 508 del Código Orgánico Procesal Penal, en rel.....