En consecuencia este Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de ampliación interpuesto por la ciudadana LUZ ANGELA PAZ DE CAMPIONE, actuando en su carácter de solicitante de la interdicción del ciudadano JUAN PABLO CAMPIONE PAZ, y en consecuencia, se amplia el fallo de fecha 27 de mayo de 2004, registrado bajo el Nº 235, en cuanto a que la Tutora nombrada ciudadana LUZ ANGELA PAZ DE CAMPIONE, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-81.245.049, de este domicilio, esta facultada para administrar y disponer de los bienes del entredicho JUAN PABLO CAMPIONE PAZ, abrir y cerrar cuentas bancarias a su nombre y atender todo lo relacionado a su manutención y bienestar.
Queda sí ampliada la referida sentencia......