Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Decreta el cese inmediato de las Medida de Presentación que se le impusieran a la imputada NAVEDA MADRIZ EMELYS MARISELA, Venezolana, Mayor de edad, Casada, portadora de la cedula de Identidad N° 12.177.787 y residenciada en Urbanización la Velita Sector N° 01 Bloque 19 apartamento 02-09 de esta Ciudad de Coro, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS GRAVISIMAS, previsto y sancionado en el articulo 422 Ordinal 2° en concordancia con el articulo 416 del Código Penal, en la Audiencia de Presentación celebrada por ante este Tribunal. SEGUNDO: Niega la solicitud de la defensa de decretar el Sobreseimiento de la presente causa, por cuanto no a operado la Prescripción alegada por la misma y así se decide. T.....