este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, conforme a sus atribuciones y competencia previstas en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, del ciudadano LEWIS JOSÈ OCANDO LEAL, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad 10.600.005, casado, nacido en fecha 09-08-1966, profesión u Oficio Latonero, hijo de Víctor Ocando, Juana Leal, con domicilio en Sector Las Crucecitas, vía Casigua, Municipio Mauroa, al frente del Molino, casa S/N, diagonal al Negocio de víveres San Martín, Estado Falcón; quien fue condenado a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN MENOR DE TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICA, previsto en el artículo 31, tercer aparte, de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psico.....