este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: La redención de pena por el trabajo y el estudio por el tiempo de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES, SIETE (07) DÍAS y DOCE (12) HORAS al ciudadano DAVID ANTONIO BATISTA PALENCIA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.794.534 actualmente recluido en el internado judicial de Trujillo, condenado a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN mas las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del código penal vigente por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE en grado de complicidad correspectiva, previsto y sancionado en el artículo 405 del código penal en concordancia con el artículo 426 eiusdem, TRÁFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS en la modalidad de ocul.....