Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, Sección Penal Adolescente con fundamento a su libre convicción, basadas en las reglas de la lógica, y máximas de experiencia, cumplidas las formalidades de ley, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: RESUELVE: PRIMERO: Admite la acusación presentada por la Fiscalía del Ministerio Publico, así como las pruebas ofrecidas, por ser útiles, necesarias y pertinentes en contra de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de: ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de WILMER VARGAS, CRISPIN ALMARZA Y YOLENNY RIERA GARCÍA. SEGUNDO: Admitida la acusación y las pruebas se le explica de forma separada a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, de las formulas de solución a.....