Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN PUNTO FIJO, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a HOMOLOGAR el convenio suscrito por las partes, otorgándole el carácter de sentencia definitiva firme ejecutoriada sin perjuicio de que pueda ser ajustada anualmente en beneficio del niño. El acuerdo se HOMOLOGA en los siguientes términos:
PRIMERO: El ciudadano EDINSON LEONEL GUTIERREZ GONZALEZ, se compromete en contribuir y aportar la cantidad de bolívares TRES MIL QUINIENTOS (Bs. 3.500,00) mensuales, por concepto de Obligación de Manutención a favor de su hijo, el niño SE OMITEN DATOS CONFORME AL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, depositándoselos en una cuenta de ahorro personal de la madre de su hijo ciudadana YAIRAMYS DEL VALLE GONZALEZ MONTILLA, en la entidad bancaria Banco Mercantil, los días ocho (08) d.....