..."este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA MEDIDA PREVENTIVA INNOMINADA DE DESALOJO DEL INMUEBLE, perteneciente a los bienes de la comunidad conyugal, hasta tanto el Juez de Juicio decida lo contrario, o que las partes procedan a hacer la liquidación y partición del referido inmueble en su debida oportunidad legal, el cual está ubicado en el Barrio la Rosa, calle Democracia nro 5, del Municipio Carirubana del Estado Falcón, debiendo en consecuencia desalojar el referido inmueble el ciudadano OSWALDO DE JESÚS NAVARRO MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros V- 6.691.760, para lo cual se le otorga un plazo perentorio de cinco (05) días para que abandone voluntariamente el referido inmueble, cúmplase lo ordenado, líbrese Boleta de Notificación de este acto al ciudadano OSWALDO DE JESÚS NAVARRO MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros V- .....