este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Medicación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con Sede en Punto Fijo, DECLINA LA COMPETENCIA EN EL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS. En consecuencia, una vez transcurridos los lapsos recursivos, y en el caso de no interposición, remítase con oficio el expediente. En este acto, toma la palabra el demandante de autos, el ciudadano JOSE ALEXANDER PINEDA OROSCO, titular de la cédula de identidad Nº V-13.213.616, quien manifiesta que daba la decisión del Tribunal de declinar la competencia, decide de manera voluntaria hacer la entrega de su hija, la niña (se omite nombre), ya identificada, a las dos de la tarde (2:00pm) en la puerta de este Tribunal de Protección. Dada, sellada y firmada en el Tribunal Segundo de Medicación y Sustanciación del Circuito Judicia.....