En base a lo anteriormente expuesto y en aras de garantizar un justicia imparcial, expedita sin dilaciones indebidas, este TRIBUNAL SUPERIOR DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN PUNTO FIJO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: Con lugar la inhibición planteada por la abogada GRISALIDA CHIRINOS URDANETA, en su condición de Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, en la causa n.° JMS-2013-084 (nomenclatura de ese Tribunal), por motivo de ofrecimiento de obligación de manutención, intentada por el ciudadano JAIME ROCA CHAM, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n.° V-12.586.503, asistido por el abogado JHONNY RAMÓN TOVAR MARTÍNEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Soc.....