este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor de la imputada JEAN CARLOS REYES PIRES, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 14.796.501, de 32 años de edad, casado, Profesión Funcionario del Ministerio del interior y Justicia, nacido en 23-11-1976 Coro, hijo de Cayetano Reyes y Maria Pires, residenciado en Sector San José, calle numero 7, casa numero 8, de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el delito imputado de Resistencia a la Autoridad previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, no puede serle atribuido a dicho ciudadano