Este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se decreta al ciudadano JAVIER JOSÉ GARCÍA LARA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad 26.790.366, la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO con un régimen de prueba de TRES (03) MESES, conforme al artículo 361 del texto adjetivo penal y se le imponen las siguientes condiciones: 1.- REALIZAR TRABAJO COMUNITARIO EN CHARLAS DIRIGIDAS A LA COMUNIDAD, por la comisión del delito de DAÑOS, previsto y sancionado en el articulo 473 segundo aparte numeral 3 del Código Penal y el delito de AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 286 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Se impuso al imputado de las Medidas Alternativas a la prosecución del proceso, manifestando el imputado que se acoge a la su.....