Este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: Primero: Se decreta la aprehensión flagrancia y la aplicación conforme al artículo 356 del Código Orgánico Procesal Penal, último aparte para el juzgamiento de los delitos menos graves, al ciudadano ROBERTO CARLOS VENTURA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 13.026.645 y JORGE JAVIER VENTURA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 12.35.098, por la presunta comisión del delito de LESIONES EN RIÑA, previsto y sancionado en el Artículo 425 del Código Penal Venezolano. Segundo: Se impuso a los imputados de las Medidas Alternativas a la prosecución del proceso, manifestando el imputado que se acoge a la suspensión condicional del proceso, además manifestó que se compromete a cumplir.....