este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO a favor de JULIO CESAR GARCIA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.127.404, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, hijo de Sonia García , domiciliado Beneficio 2, calle principal, casa s/n, a 2 kilómetros del Liceo que se encuentra en la encrucijada, teléfono 0424-6792016 de su hermana de nombre Natali Garcia, Dabajuro Estado Falcón, fecha de nacimiento 04-12-1989, por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES previsto y sancionado en el Artículo 413 del Código Penal. EN CONSECUENCIA, SE DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL EN EL PRESENTE ASUNTO, de conformidad con el artículo 300 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal.