este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta: Se impone medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a MARIA ANTONIETA GÁMEZ, quien es Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.212.677, domiciliada en la Urbanización Los Médanos, manzana 06, casa 419, Coro, Estado Falcón, por la comisión del delito de Usurpación de identidad, previsto en el artículo 47 de la ley Orgánica de identificación, medida esta que consistirá en un régimen de presentación de cada Treinta días por ante este Circuito Judicial Penal. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 256 ordinal 3° ejusdem.