este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA medida cautelar Sustitutiva de libertad en contra del ciudadano JAIRO JOSÈ SANGRONIS SANGRONIS, venezolano, de 43 años de edad, titular de la Cédula de Identidad 9528.612, soltero, Comerciante, domiciliado en el Callejón Jurado entre Calle El Sol y Calle Libertad, Sector Bobare, casa 25, Coro, Estado Falcón por la presunta comisión del delito de DETENTACIÒN DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio Estado Venezolano, en perjuicio del Estado Venezolano, a quien se le impone la Medida Cautelar contenida en el artículo 256 numeral 3° del Código Orgánico procesal Penal, consistente en la presentación periódica cada Treinta (30) días por ante Alguacilazgo.