ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Acuerda la solicitud interpuesta por la Defensa Publica de la Sección de Adolescente representada por el Abogado OMAR COLINA por cuanto ha transcurrido el lapso legal previsto en el artículo 108 ordinal 6° del Código Penal Venezolano norma supletoria de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y en consecuencia decreta el sobreseimiento de la presente causa a favor del adolescente GUSTAVO ENRIQUE GAMARRA SARMIENTO, venezolano, hoy joven adulto, nacido en fecha 24-10-1991, titular de la cedula de identidad Nº 24.623.945, soltero, natural de Coro, residenciado en el Sector Ambulatorio, calle 2, casa Nº 01 de Tucaras, Estado Falcón, para el momento en que ocurrieron los hechos, por la comisión del delito de Lesiones Personales previsto en el artículo 416 del Código Penal Venezolano. Notifíquese a las parte.....