DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: Conforme a lo dispuesto en el artículo 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal, ante la ausencia de elementos de convicción decreta la libertad plena del ciudadano, PEDRO RAFAEL PARRAGA YARI, venezolano, natural de Punto Fijo estado Falcón, titular de la cédula de identidad Nº 4642990, nacido en fecha: 11-01-1954, de 56 años de edad, estado civil: soltero, de oficio obrero, domiciliado Barrio Andrés Eloy Blanco Calle Chile 87, punto Fijo estado Falcón hijo de Maria morales y Pedro Antonio Parraga, a quien se le atribuye la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en per.....