En consecuencia este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Admite totalmente la Acusación y parcialmente las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público de conformidad con el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, y se admite totalmente las pruebas ofrecidas por la Defensa las cuales se especificaron con anterioridad, se Ordena la apertura de Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido a ANDRY JOSE RODRIGUEZ, por la comisión del Delito de AUTOR INTELECTUAL DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el único aparte del artículo 80 del Código Penal en concordancia con el artículo 460 Ejusdem, en perjuicio de JOSE DANIEL VARGAS FERNANDEZ. Se ratifica la Medida Cautelar impuesta al acusado, se instruye a la secretaria para la remisión del presente asunto al Tribunal de Juicio en la oportunidad correspondiente. Se e.....