Por todo lo antes expuesto éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano: Eliécer Antonio Rodríguez Roque, venezolano, titular de la cédula de identidad N°V- 09.806.740, y residenciado en Urbanización Jorge Hernández, sector 2, vereda 5, casa N°01, Punto Fijo Estado Falcón. Por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, Agavillamiento, Homicidio Intencional Calificado, Resistencia a la Autoridad y Robo Agravado de Vehículo Automotor, previstos y sancionados en los artículos 458, 286, 405 con relación 406.1, 218.2 todos del Código Penal Venezolano vigente y el artículo 6 numerales 1, 2, 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de ciudadano Hassan Chaya. Por encontrarse llenos los extremos de lo.....