Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO (MUTUO ACUERDO) presentada por los ciudadanos: NORMA JOSEFINA CURIEL SANGRONIS y OMAR JOSE MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-9.932.764 y V-9.506.090, respectivamente; domiciliada la primera en el Sector La Guinea, Calle Nueva, entre Calles Providencia y Millar, Casa N° 37, Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del Estado Falcón; y el segundo, en la Ciudad de Caracas, Charallave Sur, Avenida Perimetral, Casa S/N, Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeron ante el Prefecto de la Parroquia Santa Ana, Municipio Miran.....