Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO (MUTUO ACUERDO) presentada por los ciudadanos: MARIA LUISA GUERRERO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.837.534, domiciliada en el Sector Bobare, Calle Maparari con Callejón Estadio, casa S/N, de la Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón; y HAROLD RAMON MORA QUNTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.511.567, domiciliado en la Ciudad de Guanare, Urbanización Las Tablitas, Sector 4, Calle 2, Casa S/N, Parroquia Espíritu Santo, Municipio Guanare del Estado Portuguesa; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeron.....