Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación fiscal, se admiten las calificaciones jurídicas imputadas en la Audiencia Preliminar, por los tipos penales de VIOLENCIA FISICA y HURTO SIMPLE, previstos en los artículos 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia y 451 del Código Penal respectivamente, en perjuicio de la ciudadana NARKIS MARGARITA DIAZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 330 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal interpuesta contra el ciudadano FRANCISCO JAVIER PEÑA ALVAREZ, venezolano, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.167.320, FN: 15/01/78, de estado civil soltero, de profesión u oficio indefinido, natural y residenciado en ésta ciudad de coro, estado Falcón, en la calle .....