esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado GILBERTO ANTONIO ZERPA ROBERTSON, en su condición de Defensor Privado del ciudadano: WILLIAM EDUARDO SALAZAR SANGRONIS, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Juicio, de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, mediante el cual declaró sin lugar la solicitud de decaimiento de la medida de privación judicial preventiva de libertad efectuada por la Defensa en el proceso que se le sigue por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, en grado de Cooperador Inmediato, previsto y sancionado en el artículo 458, concadenado con el artículo 83 del Código Penal, el Delito ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, y el Delito DE APROVECHAMIENTO DE V.....