Con base en todos los argumentos efectuados, esta Jueza Presidente de la Corte de Apelaciones administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN de la Abogada MARLENE MARÍN DE PEROZO, Jueza Titular de este Tribunal Colegiado en el asunto IP01-R-2005-000114, relativo al recurso de apelación de auto interpuesto ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, por los Abogados HECDYS REYES Y JESÚS MARTÍN, en sus condiciones de Apoderados Judiciales de la sociedad Mercantil PETROMAR C.A., contra el auto dictado por el referido Tribunal que negó la entrega del Buque "Don Gustavo", en virtud de mantener con los mismos lazos de amistad, conforme a lo establecido en el artículo 86.4 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena anexar el presente cuaderno separado al asunto principal IP01-R-2005-000114.
Dada, firmada y sellada en Sala d.....