Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano: Ciudadano: JORGE JOSE QUERO, venezolano, de 59 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.296.478 de profesión u oficio TAPICERO, 1° AÑO como grado de instrucción, natural de Coro y domiciliado calle el sol bobare casa numero 4 teléfono: 0416.104.6253, por el delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ZAIDA RAMONA SEMECO DE QUERO, y declara extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con lo establecido en el artículo 46, el or.....