En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta por la abogada Aura Alicia Bolívar Sánchez, en su carácter de apoderada de ACOFESA, contra la sentencia dictada el 25 de febrero del año en curso, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo, mediante la cual declaró sin lugar la oposición formulada por la mencionada sociedad mercantil, contra la medida preventiva de embargo decretada y ejecutada, con motivo del juicio que por indemnización de daños y perjuicios, sigue el ciudadano ANDRES HUMBERTO ALVAREZ ACOSTA, contra la apelante, sentencia que se revoca por las razones establecidas en el presente fallo.
SEGUNDO: En consecuencia, se revoca la medida preventiva de embargo decretada contra ACOFESA, y practicada el día 15 de octubr.....