En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por el ciudadano Thayron Jiménez García, en su carácter de Presidente del INSTITUTO DE PREVENCIÓN SOCIAL DE LOS PROFESORES de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL ¿FRANCISCO DE MIRANDA¿, asistido por el abogado Salvador José Guarecuco, contra la sentencia dictada el 01 de julio de 2003, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró con lugar la demanda que por cumplimiento de contrato de obra, por falta de pago, intentara INVERSIONES GIOLIVIAGRO C.A., contra la apelante, decisión que se modifica, en los términos establecidos en este fallo.