Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECRETA LIBERTAD PLENA al ciudadano: MARQUEZ FREDDY ANTONIO, venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad N°V-11.472.972, de 35 años de edad, de estado civil casado, y residenciado en el barrio La Cruz capatarida, casa S/N Municipio Autónomo Buchivacoa del Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de CAZA Y DESTRUCCION DE AREAS ESPECIALES Y ECOSISTEMAS NATURALES, previsto y sancionado en el artículo 59 de la Ley penal del Ambiente en concordancia con lo establecido en los artículos 2,8,9,10,47,50,51,56,70,71,72,75,76,77 de la ley de Protección a la Fauna Silvestre, todo de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 44 de la Constitución Nacional, 8, 9, y 243 del Código Orgánico Procesal Penal. Remitase las presentes act.....