Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, existiendo un hecho punible que merece pena Privativa de Libertad, cuya acción Penal no se encuentra evidentemente Prescrita, que existen elementos de Convicción para presumir que los imputados presentes en sala son los autores del mismo, RESUELVE: PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud Fiscal y se Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a los Imputados FRANCISCO JAVIER ARIAS ISEA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.295.290, de 21 años de edad, de profesión u oficio obrero, , residenciado en Urbanización Los Medanos, vereda C, casa C-521, Coro, Estado Falcón y JHON MAIKEN JOSÉ ISEA MATA: venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.296.274, de 18 años de edad, oficio obrero en PDVSA ga.....