esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Apelación, de conformidad con lo establecido en el articulo 428 literal "C" del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesto por el Abogado GILBERTO ANTONIO ZERPA actuando en su carácter de Defensor Privado del ciudadano EDWIN JOSÉ ALVAREZ antes identificado, contra decisión dictada en fecha 19 de Noviembre de 2015, y publicada en fecha 12 de Julio de 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia, Estadal y Municipal en Funciones de Control de Este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo; ello con ocasión al proceso que se le sigue por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO FRUSTRADO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° concatenado con el articulo 80 del Código Penal, con las agravantes previstas en el articulo 77 o.....