Por los motivos expuestos, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por la ciudadana BLANCA DEL CARMEN CANAGUACAN LANOY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.771.207, domiciliada en la calle Páez con calle Colombia, casa Nº 01, jurisdicción del Municipio Los Carirubana del Estado Falcón, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajo con el ciudadano ENRIQUE JESUS MEDINA PERNALETE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.843.562