este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: declara con lugar la solicitud presentada por la representación Fiscal, en consecuencia decreta al imputado GARCIA COLINA LORENZO ANTONIO, cédula de identidad Nº 13.724.033, venezolano, fecha de nacimiento 08/09/1975 natural de Caracas Distrito Capital, Urbanización los medanos Manzana "d" entre 14 y 14, del Municipio Colina del Estado Falcón de 35 años, casado, de profesión u oficio Latonero, teléfono 0426-3694174, la medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentaciones por ante la sede judicial, cada siete (07) días, por la presunta comisión del delito de de Hurto de Vehículos Automotor, previsto y sancionado en el artículo 1 en concordancia con el artíc.....