DISPOSITIVO DEL FALLO:
Por las razones antes expuestas, éste JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN CORO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1º) CON LUGAR, la solicitud fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente; y en consecuencia, DECLARA EL DIVORCIO, solicitado por los Ciudadanos: YULBRINNER EULOGIO CORDERO ALVAREZ Y GLADYS YELITZA URBINA FLORES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las cedulas de Identidad Nros. V-13.855.089 y V-14.262.147 respectivamente, domiciliados en la población de Churuguara, Calle La Tigrera, Sector La Milagrosa, Nº 100, Municipio Federación del Estado Falcón, e éste domicilio, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio y de éste domicilio AIDA HENRIQUEZ, debidamente inscrita en el IPSA., bajo el Nº 47.669.- .....