Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA en el asunto IP01-S-2004-003722: PRIMERO: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de las previstas en los ordinales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano: DARWIN ALEXANDER ACURERO, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.293.854, pescador, soltero, natural y residenciado en Capatarida, Barrio norte, casa sin número del estado Falcón cerca de la bodega la favorita; por estimar que el mismo se encuentra incurso en la comisión del delito de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de Víctor de Jesús González Delgado. SEGUNDO: La r.....