DECISIÓN
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, extensión Punto Fijo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo establecido en los artículos 346 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo 375 eiusdem, resuelve: Primero: Se condena a CUATRO (04) AÑOS de prisión al ciudadano: JOSE LUIS MOLLEJA, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-.9.803.350, nacido en fecha 02-04-1966, de 49 años de edad, de estado civil divorciado, de profesión albañil, y residenciado en: Ezequiel Zamora, callejón san jose, casa nª 50, municipio carirubana del estado Falcón, por la comisión de los delitos de: TRÀFICO ILÌCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÒPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, previsto y sancionada en el Segundo aparte del Art. 149 de la Ley Orgánica de Droga.....