En consecuencia, considera quien aquí decide que se encuentran llenos los requisitos exigidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que este Tribunal Único de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Otorga el Beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL a favor del penado: ROBERT ANTONIO TOYO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.631.044, de 18 años de edad, soltero, de profesión u oficio comerciante, domiciliado en la Calle Artigas, casa N° 39, cerca de la Casa de la Cultura, Punto Fijo, actualmente cumpliendo la pena de cuatro (04) años y seis (06) meses de prisión, por la comisión del delito de por el delito de Robo agravado en modalidad de facilitadotes, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el numeral 3° del artículo 84 eiusdem, mas.....